Emprendedor que formaliza
Un proyecto que ya factura o está a punto de hacerlo y necesita estructura jurídica para firmar contratos, facturar con régimen de persona moral y separar el patrimonio personal del negocio.
Redactamos, firmamos e inscribimos tu sociedad con estatutos hechos a medida. Sin trámites repetidos, sin plantillas genéricas y con criterio jurídico desde la primera conversación.
Una sociedad mercantil es una persona moral con fines de lucro, constituida por dos o más socios y regulada por la Ley General de Sociedades Mercantiles.
En Pino & Asociados la constituimos ante Corredor Público — figura autorizada por la Secretaría de Economía para dar fe de actos mercantiles. Esto significa dos cosas que importan: rapidez real en el trámite y redacción técnica de los estatutos, porque lo que se firma al inicio define durante años cómo tu empresa toma decisiones, firma contratos y recibe capital.
Trabajamos con tres tipos societarios: S. de R.L. de C.V., S.A. de C.V. y S.A.P.I. de C.V. La elección no es cosmética — condiciona el gobierno corporativo, la flexibilidad para entrada de socios y la compatibilidad con inversión estructurada.
Un proyecto que ya factura o está a punto de hacerlo y necesita estructura jurídica para firmar contratos, facturar con régimen de persona moral y separar el patrimonio personal del negocio.
Dos o más socios de la misma familia o con relación de confianza que buscan formalizar la operación, ordenar participaciones y dejar reglas claras antes de que el crecimiento las exija.
Proyectos con entrada de inversionistas, pactos de socios sofisticados, series accionarias diferenciadas o compatibilidad con venture capital. Aquí la S.A.P.I. de C.V. suele ser el vehículo correcto.
El tipo de sociedad no es un detalle técnico: define cómo toman decisiones los socios, cómo entra capital nuevo y qué tan ágil será la empresa en los próximos cinco años. Esta es la comparativa práctica que utilizamos al asesorar.
Estructura cerrada. Las participaciones se llaman partes sociales y su cesión requiere aprobación de los demás socios.
Estructura por acciones. Mayor flexibilidad para crecer, emitir títulos y reorganizar participaciones cuando la operación escala.
Diseñada para recibir inversión. Permite pactos entre socios, series diferenciadas y cláusulas de gobierno corporativo que una S.A. convencional no tolera con la misma limpieza.
Constituir una empresa no es rellenar un formato. Cada decisión — objeto, duración, administración, capital — queda fijada por años en el instrumento constitutivo. Así es como nosotros lo estructuramos.
Solicitamos la Denominación o Razón Social ante el Módulo Único de Autorizaciones. Como firma pedimos tres nombres no genéricos para reducir rechazos. El trámite es sin costo para el MUA.
Orientamos la redacción del objeto para que cubra la operación actual y prevea la expansión razonable del negocio. Un objeto demasiado estrecho obliga a reformas caras después.
Acordamos si la sociedad será de duración determinada o indefinida y confirmamos el régimen (S. de R.L., S.A. de C.V., S.A.P.I.) según el perfil del negocio y los socios.
Definimos si la empresa será administrada por administrador único, consejo de administración o gerencia, y diseñamos las facultades que cada órgano tendrá para firmar, disponer y representar.
Fijamos el capital con lógica operativa — no solo el mínimo legal — y estructuramos la repartición entre socios, incluidas series accionarias cuando el proyecto lo justifica.
Redactamos las cláusulas que regirán a la empresa: facultades, toma de decisiones, mayorías, transmisión de acciones, entrada y salida de socios, gobierno corporativo. Este es el núcleo del trabajo.
Programamos la firma con los comparecientes — presencial u online vía Zoom para la preparación; la firma requiere presencia física. Protocolizamos el instrumento ante Corredor Público.
Pagamos los derechos del Registro Público de Comercio e inscribimos la sociedad. A partir de este momento la empresa es oponible a terceros y tiene vida jurídica plena.
Esto es lo que necesitamos de cada compareciente para arrancar. Lo que no aparece en la lista lo gestionamos nosotros — incluida la autorización del nombre ante el MUA.
Publicamos el punto de partida porque creemos que la transparencia construye confianza. El precio final depende del régimen elegido, del número de socios, del diseño de series accionarias y de la complejidad del gobierno corporativo.
Cubre la redacción del instrumento constitutivo, asesoría en la definición de objeto, capital y administración, firma, protocolización e inscripción en el Registro Público de Comercio.
Para iniciar el trámite se requiere el 50% de los honorarios, que se toma como adelanto del proyecto sin derecho a devolución.
Disponibles como complemento a la constitución, cotizados aparte. Los más frecuentes:
Estas son las cuatro fallas que vemos con más frecuencia en sociedades constituidas sin criterio técnico, y que al final se pagan con reformas de estatutos, protocolizaciones extra y — lo peor — parálisis operativa.
Una sociedad mal constituida puede quedar limitada desde su origen por un objeto cerrado, lo que después obliga a reformar estatutos para realizar nuevas actividades, firmar ciertos contratos o ampliar la operación del negocio.
Cuando la constitución no establece con claridad mayorías, facultades y mecanismos de decisión entre socios, surgen bloqueos internos que frenan acuerdos clave para la operación y el crecimiento de la empresa.
Si desde el acta constitutiva no queda bien definido quién representa a la sociedad y qué facultades tiene, pueden presentarse problemas para firmar contratos, abrir cuentas bancarias, celebrar actos jurídicos o ejecutar decisiones corporativas con seguridad.
Asignar participaciones, acciones o series sin una estrategia clara puede generar desequilibrios entre control operativo, participación económica y entrada futura de inversionistas, provocando ajustes corporativos que pudieron evitarse desde la constitución.
Dos casos recientes que ilustran cómo trabajamos — nombres omitidos por confidencialidad profesional.
Acompañamos la constitución de una S. de R.L. de C.V. para un negocio familiar de servicios en Mérida, integrado por tres socios. Definimos desde el inicio reglas de administración, facultades de representación y bases para la entrada de nuevos socios. La sociedad quedó estructurada para operar formalmente en aproximadamente dos semanas, una vez reunida la documentación.
Asesoramos la constitución de una S.A. de C.V. para una empresa comercial con cuatro socios, dejando claro desde el instrumento constitutivo el esquema de participación, administración y toma de decisiones. El proceso permitió al cliente iniciar operaciones con una estructura societaria ordenada y funcional, sin reformas posteriores.
Corredor Público Número 13 del Estado de Yucatán desde el 16 de junio de 2015, con más de diez años de experiencia en correduría mercantil. Actual Presidente del Colegio de Corredores del Estado de Yucatán.
Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Yucatán (UADY) y Maestro en Derecho Empresarial por la Universidad Anáhuac Mayab. Toda la constitución aquí descrita se realiza bajo su responsabilidad profesional, autorizada por la Secretaría de Economía a través de la figura del Corredor Público.
Diez dudas reales, respondidas con los mismos criterios que aplicamos en consulta. Si la tuya no aparece aquí, escríbenos por WhatsApp.
Los honorarios por la constitución de una sociedad mercantil comienzan desde $8,000 MXN y varían según el tipo de sociedad y la complejidad del proyecto. Adicionalmente se cubren los derechos de Registro Público de Comercio por $1,958 MXN y el IVA correspondiente. Para iniciar el trámite se requiere el 50% de los honorarios, que se toma como adelanto del proyecto sin derecho a devolución.
Para sociedades pequeñas o negocios familiares, la estructura de una S. de R.L. de C.V. suele convenir más por su control cerrado. La S.A. de C.V. es más recurrente para empresas con mayor flexibilidad empresarial. La S.A.P.I. de C.V. funciona mejor para proyectos con entrada de inversionistas, pactos sofisticados entre socios, venture capital o escalamiento.
La autorización del nombre (DoRS) ante el Módulo Único de Autorizaciones toma de 1 a 2 semanas. Una vez autorizado el nombre y con la documentación completa, la firma se programa en 2 a 3 días hábiles. La constitución e inscripción en el Registro Público de Comercio toma entre 2 y 5 días hábiles adicionales.
El derecho de Inscripción del Registro Público de Comercio es de $1,958 MXN. El Módulo Único de Autorizaciones (MUA) no cobra por la solicitud del nombre (DoRS). El IVA es adicional al costo de los honorarios. El costo del empastado de libros corporativos es adicional a la redacción y se incluye en la factura como gasto.
Identificación oficial vigente de cada compareciente, Constancia de Situación Fiscal (CSF), acta de nacimiento y acta de matrimonio cuando aplique para beneficiario controlador, y la Constancia Única de Documento de la autorización del nombre — que nosotros podemos tramitar por ti.
En México no existe un capital social mínimo legal único para constituir una sociedad mercantil; depende del tipo societario y del objeto del proyecto. Lo legalmente mínimo no siempre es lo operativamente útil: recomendamos fijar el capital en función de la operación real del negocio y de las exigencias posteriores del sistema financiero.
El trámite se puede iniciar de forma remota por Zoom o de manera presencial. Sin embargo, se requiere la presencia física de los comparecientes para la firma del instrumento constitutivo.
La agilidad y la especialización. Mientras que en una notaría el trámite puede extenderse, en la correduría la constitución avanza con mayor rapidez. El Corredor Público está autorizado por la Secretaría de Economía específicamente para dar fe de actos mercantiles, incluida la constitución de sociedades.
Acompañamos la constitución completa — redacción, firma, protocolización e inscripción. Cobramos como servicios adicionales el trámite de citas ante el SAT para la Firma Electrónica y el alta fiscal, la redacción y empastado de libros corporativos. No realizamos aperturas de cuenta bancaria: ese es un trámite personal de los representantes ante la institución financiera.
La constitución e inscripción al Registro Público de Comercio toma entre 2 y 5 días hábiles una vez firmado el instrumento. La inscripción al Registro Federal de Contribuyentes depende de los tiempos de cita del Servicio de Administración Tributaria.
Escríbenos por WhatsApp con la idea del negocio, el número de socios y el régimen que te interesa — o simplemente pídenos orientación. Respondemos con diagnóstico, rango de honorarios y siguiente paso en menos de un día hábil.